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Wednesday, January 17, 2007

RESEÑA HISTÓRICA DE LA ARGENTINA - HOSTEL COLONIAL - ENGLISH TRANSLATION



La Formación Histórica del Estado Argentino

Período hispánico

El territorio de la Cuenca del Plata, que comprendía, parcial o totalmente, lo que hoy son las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos, Corrientes, Santa Fe, Chaco, Formosa, Misiones y las actuales repúblicas de Paraguay y Uruguay, tuvo durante los siglos XVI y XVII, un papel secundario en el proceso colonizador español. Al impulso de un ulterior crecimiento económico, las posesiones incrementaron su valor estratégico, lo que llevó a la corona de España a la creación del Virreinato del Río de la Plata en 1776. Durante este período, llamado comúnmente hispánico, el organigrama del poder era rudimentario y sin una distinción nítida de competencias. Tanto en la península como en América, las instituciones desempeñaban funciones ejecutivas, legislativas y judiciales, a veces, de manera superpuesta.

Período revolucionario

En mayo de 1810, debido a la invasión napoleónica a España, Buenos Aires convocó a un Cabildo Abierto para arbitrar medidas frente a la caducidad del gobierno del virrey e instrumentar la reversión de los derechos de soberanía al pueblo y, como consecuencia inmediata, el resultado fue la instalación de un nuevo gobierno.
Entre 1810 y 1816 se sucedieron diferentes formas institucionales, siendo inaugural la Primera Junta (órgano de tipo colegiado, regulado principalmente por dos documentos: el Reglamento del ´25 – sancionado por el Cabildo– y el Reglamento del ´28 – emanado de la propia Junta–); interpretando el primero de ellos se incorporan los diputados del interior al órgano porteño, creándose así la Junta Grande, institución que a su vez instauró juntas provinciales y decretó la creación de un Triunvirato. Así, fue sancionado el Estatuto Provisional del Gobierno Superior de las Provincias Unidas del Río de la Plata y los decretos sobre la libertad de imprenta y la seguridad individual.
En 1812, correspondió al Segundo Triunvirato llevar adelante la convocatoria a una Asamblea Constituyente, conformada al año siguiente, que fue el primer congreso de nuestra historia y que asume la representación de la soberanía de las Provincias Unidas del Río de la Plata.
Si bien la Asamblea del año XIII, como cuerpo representativo no cumple con su objetivo fundamental de dictar una constitución, desarrolla una vasta tarea legislativa en pro de las libertades individuales y constituye la apertura hacia nuevas formas institucionales.
Desde el punto de vista de la organización política, estableció un Poder Ejecutivo unipersonal, creando el cargo de Director Supremo de las Provincias Unidas del Río de la Plata. Instituyó el 25 de Mayo como fecha patria, estableció el Escudo y el Himno y mandó acuñar moneda propia, acciones con las que demostraba su voluntad de formar un estado soberano.
Finalmente en 1816, un Congreso General Constituyente reunido en Tucumán, declaró la independencia de las Provincias Unidas y dictó el Estatuto Provisional de 1816, el Reglamento Provisorio de 1817 y la Constitución de las Provincias Unidas de Sudamérica.
A raíz de la batalla de Cepeda en 1820, el Congreso General fue disuelto y el Cabildo de Buenos Aires reasumió el mando universal de esta ciudad y de su territorio provincial, a la vez que nombró un gobernador interino, lo cual implicó la extinción del gobierno nacional. A partir de entonces, las provincias, aún fuertemente autónomas, continuaron una estructura robustecida por la realización de una serie de pactos y alianzas inter–provinciales conocidos como (Tratado de Benegas y del Cuadrilátero).
En diciembre de 1826, un nuevo Congreso Constituyente sancionó una Constitución de la República Argentina, rechazada mayoritariamente por los desacuerdos respecto de su texto.
En 1831, se firmó el Pacto Federal entre Santa Fe, Buenos Aires y Entre Ríos, al cual luego adhirieron las demás provincias, por el que se reconocía la existencia de un estado organizado como república, conformado por las provincias agrupadas en una federación.

Período de la organización nacional

Luego de la batalla de Caseros, que implicó la caída de Juan Manuel de Rosas como gobernador de Buenos Aires, las Provincias de Santa Fe, Corrientes, Entre Ríos y Buenos Aires firman el Protocolo de Palermo. Posteriormente, el Acuerdo de San Nicolás, rubricado ante la presencia de la mayoría de los gobernadores provinciales, ratifica el carácter de ley fundamental del Pacto Federal. Se convoca entonces en 1852 a un Congreso General Constituyente, con el objeto de dictar una constitución para la Confederación. El texto, promulgado por Urquiza el 25 de mayo de 1853, fue jurado por la república el 9 de julio, con excepción de Buenos Aires, la que se sumaría a la Confederación en 1860, como consecuencia de la batalla de Cepeda y de la firma del Pacto de Unión de San José de Flores del año anterior. De inmediato fue reformada la Constitución, quedando consumada la unión del país. La reforma acentuó la forma federal de la república, a la vez que, en lo ideológico, mantuvo el esquema de la Carta Magna de 1853.

History of the Formation of the Argentine State

Hispanic Period

The Territory of the Río de la Plata, comprised partially or totally, by the area where today are the Provinces of Buenos Aires, Entre Ríos, Corrientes, Santa Fe, Chaco, Formosa, Misiones and the current republics of Paraguay and Uruguay, had a secondary role in the colonising process during the 16th. and 17th. centuries. Fostered by a later economic growth, these lands turned to have a strategic value that moved the Spanish Crown to create the Viceroyalty of the Río de la Plata in 1776. During that period, commonly called Hispanic Period, power organisation was rudimentary and with no clear distinction of competence. In Spain, as well as in America, the power institutions performed executive, legislative and jurisdictional functions, with no distinction between each other.

Revolutionary Period

In May 1810, due to the success of the Napoleonic invasion in Spain, Buenos Aires called for an Open Cabildo, to agree on appropriate actions targeted at the solution of the expiration of the Viceroy’s government and the transference of sovereignty rights to the people; and as an immediate consequence, the establishment of a new government.
Between 1810 and 1816 different regimes and authorities took power, which lead to the appointment of the First Junta (a collegiate type government, regulated mainly by two documents: the Ruling of May 25 – sanctioned by the Cabildo– and the Ruling of May 28 – sanctioned by the Junta itself). According to the Ruling of May 25 the deputies from the interior were incorporated to the Junta, which in turned constituted the Big Junta, the institution that later established the Provincial Juntas and decreed the creation of a Triumvirate. Subsequently, the Provisional Statute of the Superior Government of the United Provinces of the Río de la Plata and the decrees on press freedom and individual security were sanctioned. In October 1812, the Second Triumvirate called for a General Constitutional Assembly, conformed the following year, which was the first congress of our history that took on the representation of the United Provinces of the Río de la Plata sovereignty.
Although the Assembly of 1813, as a representative body, did not comply with its fundamental objective of sanctioning a constitution, it developed a vast legislative activity pro individual freedom and constituted the opening into new institutional modes. From the point of view of the political organization, it established a Unipersonal Executive Power, creating the position of Supreme Director of the United Provinces of the Río de la Plata. It instituted May 25 as a patriotic date, established the Coat of Arms and the Anthem and ordered to mint an own coin, actions through which it demonstrated its will to create a sovereign state.
Finally, in 1816, the General Constitutional Congress held in Tucumán declared the independence of the United Provinces and sanctioned the Provisional Statute of 1816, the Provisional Ruling of 1817 and the Constitution of the United Provinces of South America. As a consequence of the defeat at Cepeda battle in 1820, the General Congress was dissolved and the Cabildo of Buenos Aires retook the universal government of that city and its provincial territory and at the same time appointed an interim governor, what lead to the extinction of the national government. As of that moment, the provinces, still strongly autonomous, kept being integrating a kind of shapeless structure, strengthened by a series of inter–provincial agreements (the Benegas Treaty and the Quadrilateral Treaty). In December 1826, a new Constitutional Congress sanctioned the Constitution of the Argentine Republic , that was rejected, in the general aspects, due to the disagreements with respect to its content. In 1831 the Federal Agreement between Santa Fe, Buenos Aires and Entre Ríos was signed, to which afterwards the other provinces adhered and where the existence of the Argentine State was acknowledged as a republic, conformed by the provinces integrated into a federation.

National Organisation Period

After Caseros battle, that brought about the resignation of Juan Manuel de Rosas as governor of Buenos Aires, the provinces of Buenos Aires, Santa Fe, Corrientes and Entre Ríos signed the Palermo Protocol. Afterwards, the San Nicolás Agreement, signed in presence of the majority of the provincial governors, ratified the character of fundamental law of the Federal Agreement. Shortly afterwards, in 1852, it was decided to call for a General Constitutional Congress, with the goal of dictating a constitution for the Confederation. The constitution was promulgated by Justo José de Urquiza on May 25, 1853; the Republic was pledged allegiance to it on July 9, with the exception of Buenos Aires, which would integrate the Confederation in 1860, after Cepeda battle and the signature of the San José de Flores Agreement of the previous year. Inmediately after, the Constitution was amended, thus conforming the union of the whole country. This amendment stressed the federal form of government of the republic while at the same time, from the ideological point of view, it kept the scheme of the National Constitution of 1853.

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